A través de un decreto publicado en la Gaceta Oficial, el Gobierno nacional exoneró del pago de varios impuestos a las importaciones de combustibles derivados de hidrocarburos y sus aditivos, una medida dirigida a facilitar el abastecimiento de estos insumos estratégicos.
El Decreto N° 5.207, publicado en la Gaceta Oficial Nº 43.292 con fecha del 9 de enero de 2026, establece la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto de Importación y la Tasa por Determinación del Régimen Aduanero. Esta beneficia a las importaciones definitivas y ventas nacionales realizadas por: El Estado directamente, empresas de su exclusiva propiedad, empresas mixtas con participación estatal y privada, así como empresas privadas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
La norma especifica que, para acceder al beneficio, los importadores deben presentar ante la oficina aduanera al momento del registro tres documentos principales: una relación descriptiva de los bienes, la factura comercial a nombre del ente comprador y un oficio de exoneración emitido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
JA / Reporte Relámpago
Fotografía: Agencias

